Fue aprobada por unanimidad para su publicación y emisión por el Consejo Emisor del CINIF en diciembre de 2011, estableciendo su entrada en vigor para entidades cuyos ejercicios se inicien a partir del primero de enero de 2013.
En la cual establece lineamientos para la
elaboración del estado de resultado integral con el propósito de lograr una
mejor representatividad de las operaciones de una entidad, así como para
promover la comparabilidad de la información financiera, tanto de la propia
entidad a través del tiempo, como entre otras entidades. Esta NIF debe
aplicarse de forma integral y entenderse en conjunto con el Marco Conceptual
establecido en la Serie NIF A.
Su objetivo es establecer las normas generales
para la presentación y estructura del estado integral, los requerimientos
mínimos de su contenido y las normas generales de revelación.
El alcance de estas tres principales NIF es
aplicable para todas las entidades que emitan estados financieros con base en
la NIF A-3. Las entidades con propósitos no lucrativos no se encuentran
comprendidas en esta NIF, ya que ellas emiten un estado de actividades.