Esta Norma establece el tratamiento contable a que deben sujetarse los hechos posteriores a la fecha de los estados financieros, indicando cuándo esos hechos deben reconocerse en dichos estados y cuándo sólo deben revelarse. La NIF B-13 fue aprobada por unanimidad, para su emisión y publicación, por el Consejo Emisor del CINIF en diciembre de 2006, estableciendo su entrada en vigor para ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2007.
La información contenida en
los estados financieros y en sus notas proviene de operaciones ocurridas a la
fecha de cierre; sin embargo, en ocasiones se encuentra sujeta a la ocurrencia
de hechos posteriores que confirman o modifican su contenido. Por otro lado, en
el lapso comprendido entre la fecha de los estados financieros y la fecha en
que son autorizados para su emisión a terceros, es factible conocer
transacciones, transformaciones internas y otros eventos que podrían cambiar
las decisiones de los usuarios.